Herramientas

A lo largo de nuestro activismo, fuimos desarrollando recursos para ayudar a quienes buscan resguardar sus derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos y para acompañar a quienes fueron víctimas de violencia ginecobstétrica. Entre los más importantes, se encuentran un ejemplo de plan de parto para presentar en instituciones, una guía de denuncia administrativa ante organismos públicos, instituciones y obras sociales y modelos de notas para exigir resolución de situaciones y cese de vulneraciones .

Plan de parto

Es un documento que tiene respaldo legal y consiste en las directivas anticipadas que manifestamos como pacientes informadas, derechos enmarcados en la Ley 26.529 (Ley de Derechos del Paciente).

Guía de denuncia

Es un documento que sintetiza los recorridos posibles para denunciar la violencia obstétrica ante organismos públicos como la Defensoría del Pueblo de la Nación, defensorías provinciales, ministerios, etc.

Modelos de notas

Abarcan una multiplicidad de escenarios como hacer valer el derecho a estar acompañadas en las consultas prenatales, en el trabajo de parto y parto y en el postparto, el derecho al acceso irrestricto a los servicios de neonatología cuando los bebés están allí internados y la obligatoriedad de aceptar los planes de parto.

Marco Legal

La violencia obstétrica es una forma de violencia de género sistemática y generalizada presente en la mayoría de los nacimientos que ocurren actualmente en la Argentina. Uno podría pensar que no existe marco legal para prevenir estas vulneraciones. Sin embargo, esto no es así: contamos dos leyes que se consideran pioneras en la temática.

de “Padres e hijos en el momento del nacimiento”, más conocida como la Ley de Parto Respetado, que enumera los derechos de la embarazada y del recién nacido a la hora del trabajo de parto, del parto y del postparto. Aprobada en el 2004 y reglamentada recién 11 años más tarde, constituye una buena enumeración de derechos, pero continúa con serios problemas de implementación. La mayor parte de las instituciones públicas y privadas de salud vulneran sistemáticamente estos derechos sin recibir sanción alguna. Los derechos enumerados en la ley son los siguientes:

  • ELEGIR LA PERSONA QUE TE ACOMPAÑARÁ durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • ELEGIR EN QUE POSICIÓN DAR A LUZ.
  • QUE SE RESPETEN LOS TIEMPOS BIOLÓGICOS y psicológicos; evitando prácticas invasivas y suministro de medicación sin justificación.
  • SER INFORMADX SOBRE LAS DISTINTAS intervenciones médicas y participar en las decisiones sobre las alternativas.
  • DECIDIR NO SER PARTE DE NINGÚN EXÁMEN o intervención cuyo propósito sea la docencia o investigación.
  • PERMANECER EN CONTACTO CON TU HIJX durante tu permanencia en el establecimiento.
  • RECIBIR INFORMACIÓN COMPRENSIBLE y continuada sobre la salud de tu hija o hijo.
  • DAR EL CONSENTIMIENTO INFORMADO sobre cualquier práctica médica que se le realice a la o el recién nacido.
  • TENER ACCESO CONTINUADO A TU HIJX mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
  • RECIBIR ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN sobre los cuidados.

de Protección integral de las mujeres que en su artículo 6 inciso (e) define a la violencia obstétrica como “aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales

que enumera los derechos del paciente y establece un su artículo 11 que “toda persona capaz, mayor de edad puede disponer directivas anticipadas sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, y decisiones relativas a su salud”. De aquí se desprende la posibilidad de presentar un plan de parto.

2022 - Fallo Britez Arce

El caso "Brítez Arce y otros vs. Argentina" llegó a la Corte Interamericana en 2021 y, en 2022, el Tribunal declaró responsable al Estado argentino por violaciones a los derechos a la vida, integridad y salud de Brítez Arce, así como a la integridad personal de sus hijes menores. La Corte determinó que no recibió el tratamiento adecuado ni información completa sobre sus opciones médicas, y fue víctima de violencia obstétrica que resultó en su muerte. Argentina reconoció su responsabilidad, y la sentencia se convirtió en un precedente clave al ser la primera condena internacional por violencia obstétrica en la región.

Leer fallo2022

Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

En enero de 2021, se promulga y reglamenta la nueva ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En este marco, el Ministerio de Salud actualiza y publica el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo

Leer Ley2021

Ley Micaela

Se sanciona la Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. Su nombre conmemora a Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, militante del Movimiento Evita, que fue víctima de femicidio en el 2017.

Leer Ley2019

Naciones Unidas

Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias acerca de un enfoque basado en los derechos humanos del maltrato y la violencia contra la mujer en los servicios de salud reproductiva, con especial hincapié en la atención del parto y la violencia obstétrica

Leer informe2019

Reglamentación de la Ley 25.929

Se reglamenta la primera Ley Nacional de Parto Humanizado, de aplicación tanto al ámbito público como privado, que establece los derechos se deben garantizar a las mujeres durante el embarazo, parto y posparto. 

2015

Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo

Se publica el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, resultado de la Primera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, celebrada en Montevideo en agosto de 2013. Constituye el acuerdo intergubernamental más importante firmado en la región en materia de población y desarrollo. Este consenso reconoce los derechos sexuales y los derechos reproductivos como parte integral de los derechos humanos.

Leer consenso2013

Fallo FAL

La Corte Suprema de la Nación publica el fallo “F.A.L”, que considera no punible cualquier aborto de un embarazo producto de una violación, sin importar el salud mental de la mujer. En este contexto, ocho jurisdicciones de la Argentina sancionan leyes o decretos sobre el aborto no punible.

Leer fallo2012

Ley de Identidad de Género N° 26.743

sancionada en Argentina en 2012, reconoce el derecho de las personas a ser reconocidas y tratadas de acuerdo con su identidad de género, permitiendo la rectificación registral del sexo, cambio de nombre y otros aspectos. Esta ley es un hito en la protección de los derechos de las personas trans en el país.

Leer ley2012

Ley 25673 Ley salud sexual y procreación responsable.

La norma tiene como objetivos garantizar el derecho a la salud sexual y procreación responsable, promoviendo decisiones libres de violencia o discriminación. Busca reducir la morbimortalidad materno-infantil, prevenir embarazos no deseados, fomentar la salud sexual en adolescentes y facilitar la detección temprana de ETS, VIH/SIDA y patologías genitales y mamarias. Además, asegura el acceso a información, métodos anticonceptivos y servicios de salud, y refuerza la participación de las mujeres en decisiones sobre su salud sexual y reproductiva.

Leer ley2002

Proyecto de Ley:

La estrategia legislativa es un pilar de la Campaña para luchar contra la violencia ginecobstétrica. En el año 2022, inspiradas en la Ley Micaela que pide la formación del personal de la administración Nacional en perspectiva de género, desarrollamos un proyecto de ley que pide la formación del personal de salud en los parámetros de la Ley de Parto Respetado. 

 

El proyecto de ley nace de la necesidad de profundizar la presión legislativa dado que, a 20 años de la existencia de la Ley 25.929, las violaciones a los derechos humanos en la escena del parto siguen siendo moneda corriente en la Argentina.

 

En la actualidad, el proyecto de ley tiene carácter parlamentario porque gracias a la iniciativa lanzada por la Campaña donde recolectamos más de 28,000 firmas en la plataforma de change.org, logramos que la diputada Mónica Macha decida amadrinar el proyecto y presentarlo.

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